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El pleno del Tribunal Constitucional (TC) decidió levantar el pasado viernes la suspensión cautelar sobre el impuesto que la Generalitat de Cataluña había establecido a las grandes superficies comerciales, permitiendo así su aplicación hasta que se decida sobre el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno central, que lo considera inconstitucional.
El TC entiende que las razones esgrimidas por el Gobierno para mantener la ley catalana en suspenso (entre ellas el perjuicio que su aplicación causaría a los empresarios del sector o a los consumidores) no son suficientes para que prevalezcan sobre la presunción de legitimidad de una norma autonómica.
La recaudación del tributo se destinará en un 40% a actuaciones en mercados municipales y a urbanismo comercial; en un 25% a planes de dinamización comercial; en otro 25% a fomento del comercio urbano, y en un 10% a intervenciones medioambientales en áreas de emplazamiento de grandes superficies.
El Gobierno catalán ya ha anunciado que tramitará inmediatamente la aplicación del mismo, para que se aplique a partir de enero de 2002. Mediante su aplicación se calcula que la Generalitat recaudará unos 15,03 millones de euros (2.500 millones de pesetas).