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AMDPress.- Un juzgado de Sevilla declaró "nulo de pleno derecho" el acto de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía de inmovilización en 2001 del aceite de orujo debido a la crisis de benzopireno, a raíz del recurso contencioso administrativo interpuesto por la empresa refinadora y envasadora de aceites Coreysa, ubicada en Osuna (Sevilla), a raíz de la "injustificada" alerta alimentaria que lanzó el Ministerio de Sanidad y Consumo el 3 de julio de 2001.
Según la sentencia, esta resolución supone la anulación del acto administrativo de inmovilizar el aceite y declara nulos "tanto el fondo como la forma" en que se llevaron a cabo las inmovilizaciones puesto que "no existe base científica alguna para hacer la actuación que se realizó y las formas no fueron adecuadas, ni siquiera en el supuesto que hubiera base científica para hacerse dicha inmovilización".
Esta es la segunda sentencia de similares características, tras la dictada antes del verano a favor de la empresa Torres y Rivelles en Dos Hermanas (Sevilla) y esperan que se dicten más de similares características, al haber sido presentadas de forma individual por cada empresa. De forma independiente, las empresas pidieron compensaciones individuales por daños patrimoniales, que ascienden en su conjunto a 100 millones de euros.
Según fuentes de Coreysa, al ser su marca Capicua 0,4 grados la que más se vende en el mercado nacional según Nielsen, esta compañía fue una de las más perjudicadas por esta alerta. Según Coreysa, mientras que más de dos años después la UE todavía no ha establecido límites para el contenido en hidrocarburos aromáticos en el resto de alimentos, incluidos los propios aceites, el sector continúa a la espera de que la Administración ponga en marcha una campaña de promoción que restituya la buena imagen de este aceite.