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AMDPress.- La Comisión Europea ha archivado la denuncia que la Asociación Española de Grandes Empresas de Distribución (Anged) había interpuesto contra una tasa de la administración catalana sobre las grandes superficies.
Este impuesto (que grava con 17,4 euros por metro cuadrado a los establecimientos con una superficie superior a los 2.500 metros cuadrados) fue aprobado en el año 2000 por el Parlamento catalán, con el objetivo de destinar los fondos recaudados a la mejora y desarrollo del pequeño comercio. Esta financiación pública fue denunciada por ANGED al considerar que atentaba contra la libertad de mercado y creaba un agravio comparativo con el resto de formatos de distribución.
Sin embargo, el pasado 17 de enero la Generalitat modificó su legislación en lo referente al destino de los fondos procedentes de esta tasa a las grandes superficies. En concreto, la nueva normativa especificaba que “los ingresos obtenidos del impuesto sobre grandes establecimientos comerciales en ningún caso pueden ser destinados a ayudas específicas para empresas comerciales”. De esta manera, el Gobierno catalán anulaba el principal argumento de ANGED en su denuncia contra la citada tasa.
Respecto al archivo de esta denuncia por parte de la Comisión Europea, el conseller de Industria y Comerico de la Generalitat, Antoni Fernández Teixidó, ha afirmado que “es un primer paso en la buena dirección”. Mientras que desde Anged se entiende que la decisión sólo refleja la ilegalidad de la anterior normativa catalana y la necesidad de su posterior modificación.
Asimismo, la asociación ha comunicado que la mayoría de sus asociados (Caprabo, C&A, Decathlon y Servicio Estación se han desmarcado de la postura de Anged y están pagando el tributo) continuarán sin abonar la tasa hasta que haya una sentencia firme por parte del Tribunal Constitucional, ante quien se recurrió este impuesto. Mientras tanto, las compañías implicadas están presentando avales por cada impago.
En cualquier caso, Anged mantiene otra denuncia, presentada en febrero del presente año ante la Dirección General de Mercado Interior, utilizando el argumento jurídico de que tanto este impuesto como el Plan Sectorial de Equipamientos Comerciales de Cataluña quebrantan los principios referidos a la libertad de establecimiento reconocidos en el Tratado de la Unión.