AMDPress.- El Consejo de Ministro ha aprobado un Real Decreto, que se aplicará sin perjuicio de otras normas comunitarias o nacionales vigentes, por el que se establecen las disposiciones de aplicación de los Reglamentos comunitarios sobre el sistema de etiquetado obligatorio y facultativo de carne de vacuno.
El nuevo Real Decreto deroga el de 1999 y otorga mayor seguridad jurídica a operadores comerciales y ciudadanos. En él se establecen las categorías del animal o los animales de que precede la carne en función de sexo y edad, y se regulan las obligaciones específicas de los operadores necesarias para garantizar la trazabilidad de la carne de vacuno y sus productos, así como el régimen de control y registro de pliegos de condiciones.
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