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AMDPress.- El Gobierno aprobó el pasado viernes, 22 de mayo, en el Consejo de Ministros, un Real Decreto por el que se establecen los métodos de toma de muestras y de análisis que se deben aplicar para el control oficial de las dioxinas y de los policlorobifenilos (PCB) similares a las dioxinas en los productos alimenticios. El Real Decreto incorpora una Directiva Comunitaria a la normativa española.
Los grupos de alimentos regulados por este Real Decreto están contemplados en un Reglamento Comunitario de 2001, por el que se fijan límites máximos de contaminantes en determinados grupos de alimentos. Estos grupos son: carne y productos a base de carne; hígado y productos derivados; carne de pescado, productos de la pesca y productos derivados; leche y productos lácteos, incluida la grasa láctea; huevos de gallina y ovoproductos, y por último aceites y grasas.
El Real Decreto establece límites máximos en el grupo de alimentos que pueden contener dioxinas en cantidades que pudieran perjudicar al consumidor, por lo que se van a poder rechazar lotes de alimentos cuyos contenidos de contaminantes superen esos límites.