Revista
Grupo DIA ha informado del acuerdo alcanzado entre LetterOne y todos los acreedores titulares de la deuda bancaria sindicada de DIA, que establecía una vía para alcanzar una estructura de capital viable a largo plazo para la sociedad. Así detalla que
el Lock-Up Agreement contemplaba que llegado el 15 de junio de 2019, la Sociedad debería haber alcanzado un acuerdo con los Acreedores Sindicados y en su caso con nuevas entidades financiadoras en cuanto a la documentación para la modificación y refundición de los términos de la financiación sindicada existente, y haber suscrito documentación vinculante en relación con las nuevas líneas de financiación por un importe de EUR 380 millones, o de lo contrario, LetterOne estaría facultada para terminar el Lock-Up Agreement. 2. Desde el 20 de mayo de 2019, la Sociedad ha estado realizando sus mejores esfuerzos para tratar de alcanzar un acuerdo con los Acreedores Sindicados y con nuevas entidades financiadoras dentro del plazo mencionado que asegure una estructura de capital viable a largo plazo para DIA en términos y condiciones aceptables para LetterOne y la Sociedad. 3. A día de hoy, aunque todavía no se haya alcanzado un acuerdo, las partes siguen en negociaciones. DIA continuará trabajando con LetterOne y los Acreedores Sindicados para tratar de alcanzar un acuerdo lo antes posible. 4. La ejecución de la ampliación de capital por importe de EUR 500 millones de fondos propios aprobada por la Junta General Ordinaria de Accionistas del 20 de marzo de 2019, así como el compromiso de aseguramiento de LetterOne en relación con dicha ampliación, serán eficaces, y por tanto estarán disponibles para la Sociedad, una vez se alcance un acuerdo con los Acreedores Sindicados que garantice una estructura de capital viable a largo plazo para DIA, en términos y condiciones aceptables para LetterOne y la Sociedad. 5. En cualquier caso, LetterOne ha comunicado a la Sociedad que no ha ejercitado su derecho a terminar el Lock-Up Agreement, pero se reserva su derecho a hacerlo en cualquier momento si considerase que no es posible alcanzar pronto un acuerdo 2/2 ejecutable que asegure una estructura de capital viable a largo plazo para DIA, en términos y condiciones aceptables para LetterOne y la Sociedad. 6. DIA informará al mercado si se alcanza un acuerdo, tan pronto como ello suceda