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AMDPress.- Como se informaba el pasado viernes, el Consejo de Ministros aprobó el pasado 14 de febrero un Real Decreto por el que se acepta la norma de calidad que define las características de calidad, envasado y presentación que deben reunir los yogures para su comercialización en el mercado interior.
Esta nueva normativa pretende reunir en un sólo texto con el rango necesario toda la regulación existente en esta materia, por lo que deroga la Orden Ministerial de 1987 y sus modificaciones de 1994 y de junio de 2002. La norma de calidad, que incluye la controvertida definición como yogur del producto pasteurizado después de la fermentación, concreta además otros aspectos como las condiciones de envasado, etiquetado y presentación del producto.