Alimentación

Cerveceros de España se compromete a reforzar la responsabilidad de su publicidad

AMDPress.- Cerveceros de España, entidad que agrupa más del 70% de la producción de cerveza nacional, la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU) y la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol) suscribieron ayer, miércoles 25 de junio, la revisión del código de autorregulación publicitaria de la patronal cervecera.

El nuevo compromiso, que reforma el firmado en 1995, incide en la responsabilidad de los anunciantes de cerveza respecto a la influencia de sus mensajes comerciales en los menores de edad y los conductores. En concreto, el texto revisado incluye nuevas especificaciones (tamaño, ubicación y tiempo de exhibición) del mensaje obligatorio sobre consumo responsable (“(Marca) recomienda un consumo responsable”); la prohibición de incluir situaciones asociadas al consumo de sustancias psicotrópicas y/o tabaco, así como hacer referencias sexistas y dirigir los mensajes a menores de 18 años.

Dentro de este apartado, las compañías adheridas a Cerveceros de España acuerdan no producir ni distribuir productos diseñados para menores, además de no exhibir publicidad en sitios visibles cercanos a colegios, medios impresos o páginas con informaciones dirigidas a este público, así como en cines, teatros, televisión o radio inmediatamente antes, después o durante funciones o programas para menores. Todas estas normas afectan tanto a la cerveza normal como a la sin alcohol, cuya comunicación comercial podría generar confusión en los menores de edad, según el sector.

En lo referente a la conducción, Cerveceros prohibe la publicidad o patrocinio en revistas, espacios televisivos o de radio específicos de motor, así como de eventos relacionados con la conducción.

Esta revisión del código de autorregulación se ha suscrito unas semanas después de la comunicación de diversas sentencias de juzgados de Primera Instancia de Madrid en contra de la publicidad en campos de fútbol. Como se recordará (ver ARAL Digital número 752), la Asociación de Usuarios de la Comunicación había demandado a diferentes marcas de cerveza basándose en la Ley General de Publicidad (LGP) y la Ley del Deporte. En este sentido, la LGP indica que “se prohibe la publicidad de tabacos, y la de bebidas con graduación alcohólicas superior a 20º, por medio de la televisión. Queda prohibida la publicidad de bebidas alcohólicas y de tabacos en aquellos lugares donde está prohibida su venta o consumo”, mientras que la Ley del Deporte prohibe la introducción y venta de bebidas alcohólicas en instalaciones deportivas.

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