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AMDPress.- La Sala Primera del Tribunal Supremo ha puesto fin al contencioso que durante los últimos diez años ha mantenido la firma Bacardí contra los importadores de ron, para lograr el derecho a ser el único importador de ron de esta marca en España y poder fijar unos precios únicos a los distribuidores en todo el mercado nacional, negando en su sentencia estos requerimientos.
Según la sentencia del Supremo las importaciones de ron blanco con marca Bacardí de las compañías Destilerías de l'Urgell, S.A., Plandiura y Carreras, S.A. y otras sociedades que importan el producto desde México, son legales. La sentencia añade que la multinacional Bacardí “pretendía impedir la importación a España de ron Bacardí legítimo y auténtico”, a pesar de que “en alguna ocasión” esta misma marca reconoce haber importado esta bebida con su marca desde Brasil. “Una prohibición de las importaciones fundada en los contratos de Bacardí España con Bacardí & Company Limited y Bacardí Internacional Limited- lograba el efecto de aislar o compartimentar el mercado en un parte tan importante del espacio comunitario como era España y sus territorios y, desde luego, sin beneficio alguno para los consumidores”, concluye la sentencia.