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AMDPress.- Un Auto dictado por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha denegado la solicitud formulada por AENOR de suspensión del Real Decreto 1083/2001, por el que se aprueba la Norma de Calidad para el jamón ibérico, paleta ibérica y caña de lomo ibérico elaborados en España.
Cabe recordar que AENOR interpuso recurso contencioso-administrativo el Real Decreto 1083/2001, que aprobó la Norma de Calidad de los productos ibéricos, argumentando que son los organismos de normalización, y no la Administración del Estado, los que han de aprobar las normas, ya que de otra forma se produciría una "estatalización" o "nacionalización encubierta" del sistema de normalización.
Asimismo la Asociación Española de Normalización y Certificación solicitó la suspensión cautelar de la vigencia del citado real Decreto lo que, de haberse concedido, hubiese supuesto a ojos de la industria cárnica "un golpe mortal a la Norma, que habría quedado sin aplicación durante los años que hubiesen transcurrido hasta la resolución del contencioso".