Alimentación

El nuevo etiquetado ofrecerá más información y mejorará la decisión de compra

Aces hace una valoración sobre lo que aporta la nueva norma
Etiquetas alimentos123rf b 3235
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El próximo 13 de diciembre de 2014 entra en aplicación el nuevo reglamento europeo sobre información alimentaria al consumidor. Ese mismo día entra en vigor también la nueva regulación comunitaria sobre pesca y etiquetado de productos pesqueros. Estas dos normas introducen cambios importantes en información para el consumidor, todo con el objeto de mejorar el conocimiento de los alimentos. Por ello, desde la Asociación de Cadenas Españolas de Supermercados, Aces, se realiza una reflexión sobre lo que aportan ambas normas.

Las principales novedades para los productos envasados se refieren a que se establece una información nutricional obligatoria, aplicable a prácticamente todos los alimentos envasados, que debe figurar en el etiquetado, tanto en lo que se refiere a composición de grupos de nutrientes (grasas totales y saturadas, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal) como también del valor energético por 100 g. o por 100 ml.

Además, se introducen unas reglas muy detalladas sobre claridad y legibilidad del etiquetado, que incluyen requisitos de tamaño de letra y lugar de ubicación de la información. También se obliga a informar sobre el país de origen del producto cuando su omisión puede inducir a error al consumidor y se establecen las reglas para hacer efectiva esta obligación. Asimismo, se regula como obligatoria la información sobre los alérgenos, que deberá aparecer en la lista de ingredientes. En cuanto a algún tipo de ingredientes, como los aceites o grasas de origen vegetal se regula el cómo pueden aparecer en el etiquetado.

Respecto a las principales novedades para los productos frescos y a granel, la nueva normativa no introduce cambios para frutas y verduras frescas no envasadas. Para carnes la información obligatoria difiere según los tipos de carnes. Para los productos de la pesca, será necesario indicar además la zona y el arte de captura utilizado y la zona de cría en caso de acuicultura. En las zonas "Nordeste Atlántico" y "Mediterráneo y Mar Negro" tendrá que indicarse la subzona.

La información obligatoria sobre alérgenos e ingredientes podrá solicitarla el consumidor también para los productos vendidos a granel. La nueva normativa se aplica a los productos puestos en el mercado a partir del 13 de diciembre, por lo que podrán convivir durante un cierto tiempo en los lineales con los productos actuales.

En los productos podrán aparecer además otras informaciones voluntarias, sellos de calidad, recomendaciones de información nutricional, recomendaciones, etc. En cualquier caso la información voluntaria tiene que ir dirigida a mejorar la información al consumidor, siempre que no se le induzca a error. En la venta a distancia deberá estar disponible para el consumidor la información obligatoria.

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