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AMDPress.- La nueva Ley de Arbitraje, aprobada definitivamente ayer jueves, 18 de diciembre, por el Congreso de los Diputados, liberaliza y flexibiliza el procedimiento arbitral en su conjunto, así como los mecanismos de designación de árbitros y peritos. Según las Cámaras de Comercio, encargadas de administrar los arbitrajes mercantiles que les sean sometidos, la nueva normativa supone el espaldarazo definitivo al arbitraje internacional, lo que puede convertir a España en centro internacional de resolución de controversias entre empresas españolas y extranjeras.
Para las Cámaras, esta Ley supone que, por primera vez en España, el arbitraje, tanto nacional como internacional se regule en un solo texto nomativo. Asimismo, valoran como positivo el reconocimiento explícito sobre el uso y aplicación de las nuevas tecnologías en el sistema arbitral. La nueva ley se ha inspirado en la norma-modelo sobre arbitraje comercial internacional elaborada por Naciones Unidas. Así países como Australia, Finlandia, Canadá, Nigeria y en Norteamérica los Estados de California, Texas o Connecticut, siguen este tipo de legislación arbitral.
El servicio de arbitraje de las Cámaras de Comercio propició durante el pasado año 475 sentencias firmes o laudos, a través de las 53 Cortes de Arbitraje que actualmente mantiene en toda España. Construcción, inmobiliario, telefonía, y nuevas tecnologías, seguidos de distribución comercial, son los sectores que más recurren al sistema arbitral para resolver los litigios. El 80% de las materias objeto de conflictos que llegan a las Cámaras son de tipo mercantil, mientras que el 20% restante son de índole civil, y la duración media de los arbitrajes se sitúa entre cuatro y seis meses.