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AMDPress.- El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes 18 de julio, a propuesta del MAPA un Real Decreto por el que se establecen requisitos específicos de etiquetado para el espárrago blanco en conserva. Este Real Decreto complementa la normativa general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios en lo que se refiere a la indicación del origen y procedencia del producto.
Para evitar crear confusión entre los consumidores, la nueva norma establece que el espárrago blanco envasado para su comercialización en España deberá llevar en la etiqueta, con caracteres tipográficos iguales que los utilizados en la identificación de la empresa, la expresión “producto cultivado en (provincia, comunidad autónoma”), en el caso de que sean productos originarios de nuestro país.
En caso de ser originarios de la Unión Europea o de terceros países, deberá especificarse el Estado miembro o el tercer país donde se cultivó el producto.
El Real Decreto también señala que cuando el producto se haya envasado en España, en el envase deberá figurar el número de registro sanitario correspondiente a la fábrica en la que se ha elaborado el producto.